CAPITULO X La evaluación ante comisión, de los alumnos que completan estudios de nivel medio.

CAPITULO X

La evaluación ante comisión, de los alumnos que completan estudios de nivel medio.

Artículo 61º.- Los alumnos que hayan cursado el último año y deseen completar sus estudios de nivel medio, podrán también ser evaluados en los períodos extraordinarios que fije el calendario de actividades educativas para estos casos.

Artículo 62º.- Los alumnos regulares del último curso serán evaluados en dicha condición por el profesor del curso, en las asignaturas que adeuden para completar sus estudios, hasta la aprobación definitiva de las mismas. Modificado por Resolución Nº 1664/SED/00